La Plata: Tratamiento ordenanza ordenamiento

casco urbano La Plata
Desde nuestra organizacion hemos realizado presentaciones ante el tratamiento de la nueva Ordenanza de Ordenamiento Territorial de La Plata, atento que el proyecto del Ejecutivo Municipal no cumple con la vision por la que fue creada el Partido y esta ausente de una mirada integral de la problematica actual sobre la planificacion y servicios.
Este planteo tambien es compartido por otras organizaciones vecinales preocupadas por el manejo que se le esta dando, al igual que facultades de la Universidad Nacional de La Plata han presentado su preocupacion.
Con base en las modernas concepciones sobre participación ciudadana, nuestra constitución provincial, en su artículo 28 (parte pertinente), dice respecto de las obligaciones del Estado que: “En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el territorio de residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales”
Ese mismo cuerpo legal, en su artículo 67, establece nuevos procedimientos en la materia, que tienen en la ciudadanía, su eje primigenio, como base de asiento de la voluntad popular.
Numerosa legislación, nacional, provincial y municipal, norma las formas de participación ciudadana.
Es el caso del artículo 5 de la ordenanza municipal de La Plata n° 10703, que sancionada en el año 2010, que dice «…La Municipalidad garantiza el derecho a la plena información pública, a todo interesado, a las entidades representativas de derechos o intereses de incidencia colectiva, cuanto a los ciudadanos en general. Asimismo, asegura la participación pública en todos los procedimientos de ordenación, planeamiento y gestión urbanística que sean consecuencia o se deriven de la aplicación de la presente Ordenanza, incluyendo la revisión completa o modificación substancial de éste. Toda persona con domicilio real, legal o especial en el Partido de La Plata tendrá derecho a que la autoridad municipal competente le informe por escrito sobre el régimen y condiciones urbanísticas, o urbano ambientales, aplicables a un inmueble o ámbito de actuación territorial determinados. El Departamento Ejecutivo, a través de la autoridad competente, tiene la obligación de resolver todas las peticiones y solicitudes que se le dirijan en la materia regida por esta Ordenanza. “ . Leer el texto completo »
El pasado viernes se llevo a cabo una feria educativa «CUIDARTE» en el Paseo del Bosque sobre escorpiones organizado por profesionales del conicet y cepave con quienes venimos colaborando hace un año en la difusion sobre la tematica desde nuetra organizacion.











