Monte Ribereño: nuevamente VÃctima de la Ignorancia
Ante la denuncia de un grupo de vecinos, nuestra Organización realizó en la presente jornada, una presentación ante el Municipio de Ensenada, solicitando la intervención urgente de la Secretaria de Salud y protección del Medio Ambiente municipal para la paralización de los trabajos de tala, desmalezamiento  y construcción de supuesto canal, que se llevan adelante en un sector del Monte Ribereño que limita con el Fuerte Barragán, el Barrio del camino Club regatas La Plata sobre entrada 14 y el propio Canal RÃo Santiago.
Luego de las denuncias recibidas, integrantes de nuestra Organización observaron lo que se está realizando y en principio debemos decir que se está incumpliendo y/o violando distintas Legislaciones ambientales vigentes como la Ley Nacional 25.675, ArtÃculo 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Leyes Provinciales  11723 (Integral del medio Ambiente), 12.276 (Arbolado Público) y Ordenanzas  Municipales  1446 y 1829.
La zona  es considerada un humedal por lo que cumple funciones importantes no sólo para el entorno que hoy se encuentra afectado, sino para nuestra Región, y no se puede permitir que se realicen trabajos que degraden el sitio, sin dejar de mencionar  el cambio paisajÃstico que también es un componente de nuestro ambiente y de los perjuicios que pueda ocasionar el trabajo atento la biodiversidad que presenta.
El municipio no puede perder de vista  la Ley 11723 , ya que tiene la obligación de fiscalizar las acciones antrópicas que puedan producir un menoscabo al ambiente, siendo responsables de las acciones u omisiones, por lo tanto no se puede comprender como maquinarias del propio municipio (retroexcavadora Caterpillar c/oruga) estan realizando estas tareas.
Más allá que esta zona está protegida por Legislaciones, – se señaló en la presentación realizada –  los funcionarios responsables de los trabajos no pueden desconocer que este tipo de obras deben poseer minimamente un Estudio de Impacto Ambiental y Certificados de aptitud ambiental como lo establecen las legislaciones Nacionales y provinciales, sin dejar de resaltar que esta intervención ha provocado la pérdida de decenas de ejemplares arbóreos y arbustÃbos en particular , afectando en general el Patrimonio Forestal, estos trabajos va en desmedro del interés general de la comunidad, sin dejar de recordar que justamente este predio habÃa sido rescatado ante una deforestación que pretendió realizarse por el año 1999 por un particular y que fuera frenado ante la intervención del Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires, el Concejo Deliberante y el Ejecutivo municipal.
Ante esta situación se deberá seguir trabajando para que los funcionarios responsables de los trabajos realicen las tareas de rocomposición ambiental ante el daño provocado, ya que no tienen ningún derecho pensar que el ambiente es patrimonio de una persona en particular, sino todo por el contrario, y deben tener en cuenta que el ambiente NO ES UN RECURSO INFINITO, sino todo por el contrario, por lo que puede tenerse consecuencias muy negativas en los próximos años ante la pèrdida de estos sectores por màs mìnima que sea.