Compromiso y ética ambiental en la Región Capital
La Plata, Berisso y Ensenada, Argentina

Propuesta ante CONTAMINACION SONORA: exámenes audiometrias y controles

En el marco de las charlas que lleva adelante Nuevo Ambiente por el 25° aniversario entre las cuales se abordó la contaminación sonora,  surgió la propuesta para que los gobiernos municipales de nuestra Región capital incorporen exámenes de audiometría para la obtención de la Licencia de conductor y la exigencia de controles a ruidos ocasionados ilegalmente por ciertos vehículos.

La propuesta que presenta a los municipios de La Plata, Berisso y Ensenada, en forma conjunta con el Grupo de Hipoacusicos e Implantados de La Plata sobre exámenes de audiometría,  se basa en los términos del inciso 4 del artículo 14 de la Ley Nacional de tránsito 24.449 la cual está adherida nuestra Provincia.

Lo presentado ante las autoridades municipales, redundaría en favor de la seguridad en el tránsito, ya que garantiza que el futuro conductor cumpla con las condiciones mínimas de audición y comunicación, fundamentalmente vinculadas con las señales sonoras esenciales en la vía, como el sonido de las sirenas  de emergencia o la alarma de otros vehículos.

Desde otro ángulo, también incide en la comunicación fluida y eficaz  en casos de emergencia, en tanto la pérdida auditiva puede no haber sido intervenida a tiempo, el tener la licencia con sello sobre uso de una prótesis auditiva promociona la buena calidad de vida de los habitantes de la provincia.

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Tus desechos cloacales y el de 1.200.000 vecinos van al río SIN TRATAMIENTO

lugar donde salen los líquidos cloacales sin tratamiento en la playa de Berisso

En el marco del 25° aniversario de Nuevo Ambiente, hemos realizado una charla e informe en el edificio Sergio KaraKachoff de la UNLP con el auspicio de la Dirección de Gestión Sustentable de la UNLP,  bajo el lema «Donde van tus líquidos Cloacales» .

La misma estuvo a cargo del Lic.  Gerardo Leotta (médico veterinario, magister en microbiología molecular e investigador del CONICET) quien es colaborador de nuestra ONG, e integró el equipo interdisciplinario de trabajo que confecciono el informe sobre la situación de vertido de líquidos cloacales en nuestra Región Capital (La Plata Bersso y Ensenada). En el trabajo de análisis participaron integrantes de distintas instituciones como el CONICET-UNLP, Facultad Cs. Veterinaria de la  UNLP, Cátedra de Salud Pública e Higiene Ambiental de la UBA, Instituto de Limnología ILPLA-CONICET-UNLP/CIC, Hidrografía Naval, INTA, entre otros. Este estudio pudo darse a publicidad un año después de su confección, atento un acuerdo de confidelidad entre los autores del mismo y el municipio de Berisso y Gobierno Provincial.

Remontándonos en el tiempo, el sistema Cloacal de La Plata confluye en un conducto que se originó en el año 1905 y terminaba en lo que se denomina un emisario a 600 mts., río adentro, donde se efectuaba el vuelco de los efluentes sin tratamiento, ya que por 1891 con una de las primeras Leyes ambientales (2797) se establecía la necesidad de implementar un proceso eficaz de Tratamiento previo a las aguas cloacales.

Sin dudas que a medida que transcurrieron los años, en nuestra Región Capital la situación fue empeorando como consecuencia del aumento de la población y el vertido de las redes cloacales de Ensenada y Berisso que desembocan en el mismo conducto, debiendo tener en cuenta que en nuestra Región Capital actualmente habitan aproximadamente un millón doscientas mil personas.

El denominado emisario que mencionamos en párrafos anteriores de 600 metros río adentro, se encuentra con un importante deterioro y degradación, por lo que el vertido de las aguas cloacales se arrojan directamente sobre la playa en la zona donde finaliza la calle 66 (Berisso) afectándose toda la zona ribereña.

Por el año 1999 en la búsqueda de una solución, se construyó la Planta de pre-tratamiento de efluentes (ABSA), que se encuentra en la actualidad lindera a la avenida 66 en Berisso,  y según el informe profesional la misma fue inadecuado por las siguientes razones:

  • La Planta diseñada no se construyó en su totalidad.
  • El Tratamiento primario que se pensaba realizar es insuficiente para lograr las condiciones de vuelcos exigidas por la legislación vigente.
  • La Planta no posee un funcionamiento continuo, sino que funciona una determinada cantidad de horas x día.
  • La capacidad de Tratamiento es insuficiente para la cantidad de efluentes generados (5.000 m3/h sobre un total de 13.000 m3/h) por lo que 8.000 m3/h de líquido cloacal crudo son arrojados sin ingresar a la planta de pre tratamiento que se encuentra en Berisso, parte de esa descarga de líquido es desviada sin tratamiento, a un canal aliviador que corre paralelo al conducto a cielo abierto.
  • Otras redes cloacales provenientes de Ensenada y Berisso vuelcan sus efluentes líquidos en el mismo conducto aguas abajo del lugar en el cual está situada la planta de pre-tratamiento, por lo que los líquidos son enviados sin ningún tipo de tratamiento.

El vertido en crudo de los líquidos cloacales en la actualidad es de absoluta gravedad en materia sanitaria,  con la presencia de agentes patógenos, como virus, bacterias y paracitos, (shigella spp., Salmonella spp., Escherichia coli, Escherichia coli diarreigénicas y norovirus). La legislación actual establece parámetros máximos de materias coliformes en los efluentes que se vuelcan en los cursos de agua que es de 2.000 mnp/100 ml, en la descarga de Berisso el índice es de un promedio de 7.100.000, esto ha sido detectado por estudios realizados por profesionales idóneos en la materia.

Además los estudios realizados también demostraron la presencia de Giardia spp., Cryptosporidium spp., Blastocystis spp., Estamoeba hystolitica, Strongyloides stercolaris, Ascaris spp.).

A todo ello también debemos resaltar la detección en el río de medicamentos como es el Ibuprofeno, diclofenac, atenotol, carbamazepina, todo atribuido a las descargas cloacales sin tratamiento, sin desatender la presencia de antimicrobianos y de micro plásticos detectándose este último en los ejemplares de 11 especies de peces analizados. En conclusión el desvío de coliformes fecales (indicador de contaminación fecal) es 3.500 veces mayor  a lo permitido por las normativas vigentes.

Más allá que los principales estudios fueron enfocados en las playas Bagliardi y la Balandra,   no significa que podría estar afectadas otras zonas de la Región.  Leer el texto completo »

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RELEVAMIENTO sobre CUMPLIMIENTO en la GESTIÓN de los RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS en EDIFICIOS PÚBLICOS

Manejo de residuos en relleno sanitario

ceamse de Punta Lara

Entre el 12 de marzo y el 21 de abril del corriente año, hemos relevado distintos edificios públicos de la Plata a fin de verificar el cumplimiento de la Ordenanza 10.661 de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) y edificios de municipios vecinos.

En principio tampoco se debe obviar la Ley Provincial 13592, sancionada a partir del fallo judicial de la Suprema Corte de Justicia como consecuencia de la demanda judicial de nuestra Organización contra el relleno ilegal de la ceamse, en donde entre sus puntos advierte sobre la necesidad de  : » …La promoción de políticas de protección y conservación del ambiente para cada una de las etapas que integran la gestión de residuos, con el fin de reducir o disminuir los posibles impactos negativos. …»

Por su parte la Ordenanza Municipal de La Plata 10.661, impone en su artículo 5° “…La separación y/o diferenciación de los R.S.U. se dispondrá mediante bolsas de distintos colores y/o sistema de contenedores diferenciadores, debiendo el área municipal de aplicación determinar el método de seleccionar los residuos secos y húmedos / orgánicos e inorgánicos…”.

Ello dio lugar al programa, actualmente vigente, de separación de residuos en origen en bolsas negras y verdes, en el cual nuestra ONG participó en la propuesta y posterior sanción de la norma.

Se relevaron en la ciudad de La Plata 42 dependencias: 2 del ámbito nacional, 33 del provincial y 7 del municipal.

En La Plata (capital de la Provincia):

  • Ninguna de las dos dependencias correspondientes a la jurisdicción nacional tiene recipientes para el descarte diferenciado de residuos.
  • De las dependencias provinciales relevadas, solo 17 (aproximadamente el 40%), cuentan con recipientes para el descarte diferenciado de residuos, aunque en la mayoría de los casos con colores diversos, no respetando la ordenanza en punto a la división en dos colores.
  • En un sólo caso se observó cartelería indicativa del tipo de residuo que va en cada recipiente.
  • De las 8 dependencias municipales relevadas 3 cuentan con recipientes para el descarte diferenciado de residuos. Solo en 1 se observó cartelería indicativa del tipo de residuo que va en cada recipiente.
  • En el Concejo Deliberante de La Plata, solo se pueden descartar residuos en bolsas negras. Es decir, que el organismo que dictó la ordenanza vigente que obliga a casi 800.000 habitantes del partido, a la separación de residuos, actualmente no cumple con la normativa a la cual dio origen.
  • El Palacio Municipal de calle 12, donde tiene su asiento la oficina del Intendente, no posee sistema de separación de residuos.
  • El Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, tanto en el Palacio de Justicia de calle 13 entre 47 y 48, como en sus dependencias de calle 13 esquina 48, no cuenta con un sistema de separación de residuos, solo existen recipientes de bolsas negras.
  • Los nuevos edificios platenses tampoco cumplen la normativa. Por un lado, el edificio judicial recientemente inaugurado en calle 45 entre 13 y 14, no posee recipiente de recolección de residuos a la fecha del relevamiento.
  • De la misma forma el Centro Administrativo Municipal de Diagonal 80 y calle 5, posee recipientes de colores diversos, más de dos, lo cual, contradice la ordenanza y además dificulta la recolección posterior (cuya estructura está dividida en dos).
  • En la Torre I (calle 12 y 51), se pudo constatar que, si bien muchos pisos poseen sistemas de separación diversos, las bolsas negras y verdes son recogidas en un recipiente mayor, sin diferenciación alguna.
  • Solo 3 de los 42 lugares de acceso público visitados cuentan con información o cartelería indicativa de la manera de aplicar la separación de residuos.

Municipios de la Región

Complementariamente, desde  Nuevo Ambiente también se hizo una recorrida en los edificios públicos que albergan las dependencias públicas en los Municipios de Berisso y Ensenada,  verificandosé que no existe sistema alguno de separación de residuos en origen.

Los municipios de Ensenada y Berisso  los cuales poseen menos cantidad de edificios públicos, se pudo observar que no se implementa la separación con islas o puntos verdes dentro de los edificios centrales municipales o Delegaciones municipales.

  • Ensenada el edificio central del Ejecutivo, Edificio del HCD, oficinas de Hacienda y Polideportivo (ex casa de cultura) y Ex estación de FF.CC. (funciona registro civil y tránsito) no poseen islas con tachos/cestos diferenciadores de RSU (reciclable/no reciclable), a pesar de la vigencia de ordenanzas municipales sobre gestión de los RSU y la Ley Provincial de GIRSU.
  • En la ciudad de Berisso sucede lo mismo que en Ensenada en lo que respecta a edificio del H.C. Deliberante y Edificio central municipal.

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