Compromiso y ética ambiental en la Región Capital
La Plata, Berisso y Ensenada, Argentina

LA PLATA, aprobaron un Codigo Urbano sin pensar en el futuro

 El nuevo Código Ordenamiento Urbano (COUT) de la Plata no representa un código sustentable  con escaso tiempo para el análisis y carente de una planificación seria a mediano y largo plazo sin contemplar el crecimiento y la infraestructura necesaria y eficiente para sustebtar ello.

 Cabe señalar que desde la Intendencia ingresaron el proyecto al Concejo Deliberante  del nuevo Código con falta de transparencia,  previsibilidad y falta de tiempo para su analisis, ya que la normativa  impactará directamente en el futuro urbano, ambiental y social de toda la ciudad.

Consideramos que el nuevo código no debería haberse  enfocado solo en las alturas, si hay 2 pisos más o 2 pisos menos, sino que su elaboración debió ser más profundo e integral, adjuntando una planificación y/o diagnósticos serios con la infraestructura básica existentes y las ausentes.

En ese breve tiempo de tratamiento del nuevo código se pudo observar que el mismo no contempla entre sus puntos, un sistema sostenible de movilidad, evidenciando  el desinterés para ello, en contramano a los tiempos que se vienen y a lo que viene sucediendo en las grandes ciudades modernas a nivel mundial, sumado a una falta de visión regional necesaria como capital de la Provincia.

Un aspecto central a observar en relación con el nuevo Plan y el Código de Ordenamiento Territorial (COT) es que la normativa pone el foco exclusivamente en medidas de resguardo y proyectos vinculados a los arroyos El Pescado y Maldonado. Sin embargo, el partido está atravesado por otros ocho arroyos que, en su mayoría, se encuentran cubiertos por zonas residenciales con niveles de peligrosidad medio y alto. Esta situación continúa habilitando procesos urbanísticos sobre áreas de riesgo sin una regulación específica y sin un Plan Hidráulico Integral que aborde la totalidad de los cursos de agua en articulación con la Autoridad del Agua (ADA) y la Dirección Provincial de Hidráulica. Leer el texto completo »

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La Plata: Tratamiento ordenanza ordenamiento

casco urbano La Plata

Desde nuestra organizacion hemos realizado presentaciones ante el tratamiento de la nueva Ordenanza de Ordenamiento Territorial de La Plata, atento que el proyecto del Ejecutivo Municipal no cumple con la vision por la que fue creada el Partido y esta ausente de una mirada integral de la problematica actual sobre la planificacion y servicios.

Este planteo tambien es compartido por otras organizaciones vecinales preocupadas por el manejo que se le esta dando, al igual que facultades de la Universidad Nacional de La Plata han presentado su preocupacion.

             Con base en las modernas concepciones sobre participación ciudadana, nuestra constitución provincial, en su artículo 28 (parte pertinente), dice respecto de las obligaciones del Estado que: “En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el territorio de residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales”

             Ese mismo cuerpo legal, en su artículo 67, establece nuevos procedimientos en la materia, que tienen en la ciudadanía, su eje primigenio, como base de asiento de la voluntad popular.

             Numerosa legislación, nacional, provincial y municipal, norma las formas de participación ciudadana.

             Es el caso del artículo 5 de la ordenanza municipal de La Plata n° 10703, que sancionada en el año 2010, que dice «…La Municipalidad garantiza el derecho a la plena información pública, a todo interesado, a las entidades representativas de derechos o intereses de incidencia colectiva, cuanto a los ciudadanos en general. Asimismo, asegura la participación pública en todos los procedimientos de ordenación, planeamiento y gestión urbanística que sean consecuencia o se deriven de la aplicación de la presente Ordenanza, incluyendo la revisión completa o modificación substancial de éste. Toda persona con domicilio real, legal o especial en el Partido de La Plata tendrá derecho a que la autoridad municipal competente le informe por escrito sobre el régimen y condiciones urbanísticas, o urbano ambientales, aplicables a un inmueble o ámbito de actuación territorial determinados. El Departamento Ejecutivo, a través de la autoridad competente, tiene la obligación de resolver todas las peticiones y solicitudes que se le dirijan en la materia regida por esta Ordenanza. “ . Leer el texto completo »

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Charla Movilidad Sostenible y Ambiente

Desde la ONG Nuevo Ambiente queremos invitarte a la charla
Movilidad Sostenible y Ambiente
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¿Cuándo es? Martes 17 de noviembre a las 18:00 hs.

Con:
Eduardo Moreno:
Arquitecto – UNLP / Miembro del Instituto de Transporte de la Academia Nacional de Ingeniería.

Para participar, inscribirte en el siguiente enlace:  Movilidad Sustentable Inscripción
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